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Incapacidad Permanente en España

Tipos, requisitos y diferencias con la discapacidad

¿Qué es la incapacidad permanente?

La incapacidad permanente es la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyen o anulan su capacidad laboral. Está regulada en el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Tipos de incapacidad permanente

Incapacidad permanente parcial

Ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento normal para su profesión habitual, pero sin impedirle realizar las tareas fundamentales. Da derecho a una indemnización a tanto alzado.

Incapacidad permanente total

Inhabilita al trabajador para la realización de todas o las fundamentales tareas de su profesión habitual, pero permite dedicarse a otra distinta. La pensión es del 55% de la base reguladora (puede subir al 75% si tiene 55 años o más y dificultad para encontrar empleo).

Incapacidad permanente absoluta

Inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio. La pensión es del 100% de la base reguladora.

Gran invalidez

Cuando el trabajador, además de estar afectado por una incapacidad permanente absoluta, necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida. La pensión incluye un complemento adicional.

Incapacidad vs Discapacidad: no son lo mismo

Es uno de los errores más frecuentes. La discapacidad es un grado reconocido por la administración autonómica que mide tu situación funcional general (≥33% otorga derechos fiscales, laborales y sociales). La incapacidad permanente es una situación laboral que reconoce la Seguridad Social y que da derecho a una pensión. Tener una no implica tener la otra automáticamente, aunque las personas con incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez tienen reconocido un grado de discapacidad del 33% a efectos legales.

Preguntas frecuentes

Lo que más se pregunta.

¿Qué grado de discapacidad equivale a una incapacidad permanente?
Las personas reconocidas con incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez tienen automáticamente reconocido un grado de discapacidad del 33% a efectos legales, según la disposición adicional sexta del Real Decreto Legislativo 1/2013.
¿Se puede trabajar con una incapacidad permanente total?
Sí. La incapacidad permanente total impide ejercer la profesión habitual, pero permite trabajar en una profesión distinta. La pensión es compatible con el nuevo trabajo, siempre que las funciones no coincidan con las que motivaron la incapacidad.
¿Cuánto tarda el INSS en resolver una incapacidad permanente?
El plazo máximo legal para resolver es de 135 días naturales desde la fecha del acuerdo de iniciación. Si transcurre este plazo sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo, lo que abre la vía judicial.
¿Puedo solicitar la incapacidad permanente directamente sin pasar por la baja médica?
En la práctica, el procedimiento habitual es que la incapacidad permanente se inicie tras agotar la incapacidad temporal (365 días + 180 prorrogables). Sin embargo, sí es posible iniciar el procedimiento directamente cuando las lesiones son definitivas desde el primer momento (por ejemplo, en accidentes graves).
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